Blog - Del TPP y la oportunidad laboral que no fue.

Del TPP y la oportunidad laboral que no fue.
El Acuerdo de Asociación Transpacífico (TPP, por sus siglas en inglés) es un tratado internacional firmado entre 12 países, México incluido. Ha pasado relativamente desapercibido de la opinión pública debido a que el texto es resultado de negociaciones a puerta cerrada entre los representantes de los países miembros. Unos cuantos académicos de renombre, ciertas organizaciones sin fines de lucro y algunos especialistas sobre los temas abordados por el TPP han intentado alertar sobre la poca transparencia en el proceso de redacción de la versión final y, en un segundo momento, sobre ciertas cláusulas que serían perjudiciales para la población en general en caso de ratificarse.
A lo largo de sus treinta capítulos sólo podemos encontrar cuatro que no abordan temas de comercio e inversiones, sino que buscan acuerdos en temas de combate a la corrupción, desarrollo, medio ambiente y derechos laborales; sobre este último capítulo me gustaría hacer ciertas observaciones.
Existe una clara diferencia en la redacción del capítulo laboral y los de industrias específicas; el primero es ambiguo, muy corto (13 páginas en su versión en inglés) y cuasi-propagandístico, mientras que los demás son muy extensos (74 páginas el de propiedad intelectual y 52 el de inversiones), son tremendamente minuciosos para no dejar espacio a malas interpretaciones y con un lenguaje técnico y de difícil acceso. Estas diferencias no parecen ser casualidades; es claro que el tema laboral no es prioritario en la agenda del Acuerdo de Asociación Transpacífico.
El capítulo laboral del TPP, a diferencia de aquellos sobre algún sector particular, tiene una cobertura para cada uno de las personas trabajadoras dentro de los países que conforman el acuerdo. Era una oportunidad para mejorar los estándares de calidad del trabajo y combatir la precarización laboral, que se vería reflejada en la vida diaria de las personas; la forma más concreta de mejorar.
Sin embargo, fue una oportunidad desperdiciada. El capítulo esta lleno de buenos deseos y cuentos de hadas, sin mecanismos para asegurar su aplicación; redunda en la retórica que hace que las cosas parezcan que cambian, sin que cambie nada. Se confirman las voluntades de los países para seguir lineamientos fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), se exige la aplicación de las leyes laborales pero no se exponen las condiciones de la misma, se establecen ciertas modalidades de cooperación y diálogo pero no mecanismos de inconformidad.
La finalidad de un acuerdo laboral internacional debería ser la ampliación de derechos, no la simple corroboración de los mismos. Así lo entendió la Confederación Sindical Internacional (ITUC, por sus siglas en inglés) que, durante las pláticas privadas del TPP, hizo llegar a los negociantes una propuesta de capítulo laboral. Dentro de la versión del ITUC se encontraban cinco propuestas que no fueron incluidas en la redacción final y que hubieran significado un acuerdo con disposiciones sustantivas:
Entendiendo que las organizaciones comerciales tienen operaciones en distintos países se propuso la adopción de las Lineas Directrices de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) para Empresas Multinacionales, instrumento de recomendaciones con derechos y procedimientos claros en materia de derechos humanos, difusión del conocimiento y trabajo decente que no han sido efectivamente aplicados por los países que conformarán el TPP.
Con la finalidad de generar incentivos para combatir el trabajo infantil y el trabajo forzado, se incluía la propuesta de que ningún bien que fuera resultado de un proceso de producción con esas condiciones, pudiera ser importado o exportado por los países miembros del TPP.
Para asegurar la aplicación efectiva de las leyes laborales se planteó adoptar las convenciones 81, 129 y 178 de la OIT, mismas que se refieren a los procesos de inspección del trabajo. (Tanto bien que nos haría, sabiendo que hay diez inspectores laborales para todas las empresas del Distrito Federal)
Se propuso que en los casos graves de violación a los derechos laborales que requirieran atención expedita por parte de los tribunales laborales, el demandante no necesitara presentar evidencia de dicha violación para comenzar las investigaciones.
Por último, se proponía la adopción de medidas apropiadas para proteger a los demandantes contra abusos en el proceso legal que pudieran retrasar una decisión final del tribunal, por medio de mociones o apelaciones.
Para México es evidente que estos cinco puntos hubieran significado un gran avance. El trabajo infantil, precarizado y forzado, los procesos de inspección y la (in)justicia laboral son males que padecemos gravemente. El TPP falló al atacar estos males en su capítulo laboral, mientras que en los otros 26 sobre temas de comercio internacional, flexibiliza el trabajo (aún más) en ciertos sectores para “ser competitivos”.
Queda la duda en el aire… ¿El TPP fue una oportunidad inocentemente desperdiciada o una ventaja maliciosamente aprovechada?
Colaborador del Laboratorio. Polítólogo y economista de la UNAM con interés particular en temas de pobreza, desigualdad y relaciones laborales.
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